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    <titulo>– Villanueva del Pardillo. Organización y funcionamiento. Reglamento Control Interno</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
88Villanueva del Pardillo. Organización y funcionamiento. Reglamento Control Interno
Se hace público para general conocimiento que el Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2024, ha aprobado inicialmente, sometiéndolo a información pública y dándole el trámite del artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Reglamento de Control Interno del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo.
Los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas, ante el Pleno, en el plazo de treinta días hábiles, a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado este anuncio.
Las reclamaciones y sugerencias presentadas serán resueltas por el Pleno que acordará, al mismo tiempo, la aprobación definitiva del Reglamento; en el supuesto de que no se presente reclamación o sugerencia alguna, no será necesaria la adopción de nuevo acuerdo plenario, entendiéndose definitivamente aprobado el acuerdo hasta entonces provisional.
En todo caso, el acuerdo definitivo, o el inicial elevado automáticamente a tal categoría, y el texto íntegro del Reglamento debe ser publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin que entre en vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación integra.
En Villanueva del Pardillo, a 28 de noviembre de 2024..El alcalde presidente, Eduardo Fernández Navarro.
(03/19.622/24)</texto>
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