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    <titulo>– Belmonte de Tajo. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
65Belmonte de Tajo. Régimen económico. Modificación presupuestaria
A los efectos de lo dispuesto en al artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al que se remite el artículo 177.2 del mismo texto refundido, y el artículo 20.1, al que se remite el artículo 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pone en conocimiento general que en la Secretaría General del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, se encuentra expuesto al público los expedientes de modificación de créditos:
Número 31/2024, en la modalidad de suplemento de créditos financiado con remanente de tesorería para gastos generales, como sigue a continuación:
.	Altas en capítulos de gastos 2 / 147.500 euros.
.	Altas en capítulos de gastos 4: 45.380 euros.
.	Total altas en gastos: 192.880 euros.
.	Altas en conceptos de ingresos 8 / 192.880 euros.
Esta modificación afecta al vigente presupuesto y fue aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria celebrada el día 29 de noviembre de 2024.
Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170.1 del texto refundido a que se ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites: 
.	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
.	Oficina de presentación: Registro General.
.	Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Belmonte de Tajo, a 3 de diciembre de 2024..El alcalde, Roberto Morate Carralero.
(03/19.887/24)</texto>
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