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    <identificador>BOCM-20241129-23</identificador>
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    <departamento>CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA  Y UNIVERSIDADES</departamento>
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    <fecha_publicacion>2024/11/29</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2024/10/22</fecha_disposicion>
    <titulo>Concesión ayudas
– Orden 4850/2024, de 22 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se publica el listado de solicitantes excluidos en la convocatoria para el año 2024 de las ayudas a los Ayuntamientos de la región para colaborar en el sostenimiento de los colegios públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Especial radicados en su municipio en los que se imparte Educación Secundaria Obligatoria, Primer Ciclo de Educación Infantil o en los que se escolarizan alumnos censados en otros municipios por falta o insuficiencia de oferta educativa</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
23ORDEN 4850/2024, de 22 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se publica el listado de solicitantes excluidos en la convocatoria para el año 2024 de las ayudas a los Ayuntamientos de la región para colaborar en el sostenimiento de los colegios públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Especial radicados en su municipio en los que se imparte Educación Secundaria Obligatoria, Primer Ciclo de Educación Infantil o en los que se escolarizan alumnos censados en otros municipios por falta o insuficiencia de oferta educativa.
Mediante la Orden 1236/2024, de 8 de abril, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, se convocaron para el año 2024 las citadas ayudas y se estableció la cuantía máxima del crédito en 2024 para su distribución entre los Ayuntamientos solicitantes, siendo su importe de 1.500.000 euros, así como los aspectos relativos al procedimiento, plazos y criterios de valoración.
En uso de las competencias atribuidas por el artículo 12 de la Orden 1438/2023, de 27 de abril, en relación con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
DISPONGO
Primero
Ayuntamientos excluidos
Los Ayuntamientos que han resultado excluidos al no cumplir alguno de los supuestos de la Orden 1438/2023, de 27 de abril, y de la Orden 1236/2024, de 8 de abril, o al no reunir los requisitos para obtener la condición de beneficiario según el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aparecen reflejados en el Anexo.
Segundo
Recursos
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 22 de octubre de 2024..El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades), el Director General de Educación Infantil, Primaria y Especial, Juan Alberto Gutiérrez Romero.

(03/19.005/24)</texto>
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