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    <titulo>– Villanueva del Pardillo. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
88Villanueva del Pardillo. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
El Sr. alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha dictado resolución número 2024/1812, el día 5 de noviembre de 2024, del siguiente literal:
«Resolución de Alcaldía
D. Eduardo Fernández Navarro, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo.
En virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, 31.1 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y 41 y 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por RD 2568/1986, de 28 de noviembre, y 31.2 de le Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, dicté resolución el día 23 de junio de 2023, delegando en la misma el ejercicio de competencias que me son atribuidas como alcalde por disposición de la vigente legislación y que tiene carácter delegable.
En aras de cumplir con los principios de agilidad y eficacia y eficiencia en la tramitación administrativa, y vistas las necesidades de la gestión, por la presente, resuelvo:
Primero..Delegar en Dña. Sonia Cirvián Sánchez el ejercicio de las competencias en materia de Contratación que, habiendo sido delegadas inicialmente en la Junta de Gobierno Local, han sido avocadas mediante Resolución de 5 de noviembre de 2024 que son las siguientes: 
.	Todas en materia de contratación, en los siguientes expedientes:
	1/2024: Prestación del servicio de Juventud.
	2/2024: Servicio de bar-cafetería del Centro Municipal de Mayores.
	18/2024: Rotonda. Obras de proyecto de “Intersección del acceso al SUZ I-12 con la carretera M509 de Villanueva del Pardillo”.
	119/2024: Desarrollo y mantenimiento de una plataforma, para comunicación de incidencias y atención vecinal.
	1095/2024: Ascensores. Servicio de mantenimiento de ascensores en edificios municipales del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo.
	164/2924: Servicio de retirada de vehículos abandonados y su tratamiento en centro de gestión como residuo sólido urbano.
	104/2024: Servicio de mantenimiento de los sistemas de protección contra incendios en dependencias y edificios municipales y de la red de hidrantes del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo.
	1434/2024: Explotación del bar-cafetería del campo de fútbol municipal Juan Manuel Angelina de Villanueva del Pardillo.
Segundo..La presente Resolución tiene efectos desde la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Tercero..Notificar la presente resolución a la Sra. Cirvián Sánchez. La delegación se entenderá aceptada salvo manifestación expresa en contrario en el plazo de tres días naturales, desde la notificación.
Cuarto..Los acuerdos que se adopten por delegación deberán indicar expresamente esta circunstancia y se entenderán dictados por esta Alcaldía como titular de la competencia originaria. En consecuencia, corresponderá a esta Alcaldía la resolución de los recursos de reposición contra los actos dictados por delegación.
Se aplicará en todo lo no previsto expresamente en la presente resolución, las reglas que para la delegación de competencias del alcalde se prevén en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y Reglamento de Organización y funcionamiento aprobado por R.D. 2568/1986 de 28 de noviembre.
Quinto..Las obligaciones del concejal-delegado informar a esta Alcaldía a posteriori y a requerimiento, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas, y con carácter previo de las decisiones de trascendencia, tal y como prevé el artículo 115 del citado Reglamento.
Sexto..Dese cuenta al Pleno del Ayuntamiento y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y portal de transparencia.
Cúmplase. 
Dado en Villanueva del Pardillo, en la fecha y con la firma electrónica que figura en este documento».
Lo que remito se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Lo que se hace público para general conocimiento. 
En Villanueva del Pardillo, a 8 de noviembre de 2024..El alcalde-presidente, Eduardo Fernández Navarro.
(03/18.281/24)</texto>
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