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    <titulo>– Torremocha de Jarama. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TORREMOCHA DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO
76Torremocha de Jarama. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Por el Pleno de 31 de octubre de 2024, se acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del vallado, limpieza y mantenimiento de parcelas y solares urbanos.
De conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente de su publicación mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, los textos estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento. De no presentarse alegaciones debe entenderse definitivamente adoptado el acuerdo inicial sin necesidad de acuerdo expreso.
Torremocha de Jarama, a 5 de noviembre de 2024..El alcalde-presidente, Carlos Rivera Rivera.
(03/18.051/24)</texto>
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