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    <titulo>– Camarma de Esteruelas. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CAMARMA DE ESTERUELAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
62Camarma de Esteruelas. Régimen económico. Modificación presupuestaria
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de crédito 11/2024, en las modalidades de crédito extraordinario y suplemento de crédito financiados con cargo a nuevos y mayores ingresos en conceptos del presupuesto corriente, por acuerdo del Pleno extraordinario y urgente de 27 de septiembre de 2024, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace pública la modificación presupuestaria del presupuesto en vigor, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

Contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente acuerdo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Camarma de Esteruelas, a 22 de octubre de 2024..La alcaldesa-presidenta, Ana Victoria Cruz Martín.
(03/17.275/24)</texto>
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