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    <titulo>– Villavieja del Lozoya. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLAVIEJA DEL LOZOYA
RÉGIMEN ECONÓMICO
82Villavieja del Lozoya. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad expediente de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local que se detalla a continuación, el Pleno de esta Entidad, en sesión extraordinaria celebrada el día 17 de octubre de 2024, acordó la aprobación provisional de la referida modificación de la ordenanza fiscal.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de cualquier persona interesada en la sede electrónica de esta entidad www.villaviejadelllozoya.es
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Villavieja del Lozoya, a 18 de octubre de 2024..La alcaldesa, Aránzazu Reguera Carretero.
(03/16.969/24)</texto>
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