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    <titulo>– Navalafuente. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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AYUNTAMIENTO DE NAVALAFUENTE
RÉGIMEN ECONÓMICO
73Navalafuente. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Aprobada en sesión plenaria extraordinaria celebrada el día 24 de octubre del 2024, la modificación de las ordenanzas fiscales: artículo 9, apartado b), estableciendo el tipo de gravamen en 0,53 por 100 para los bienes inmuebles de naturaleza urbana, se expone de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del texto refundido de Haciendas Locales a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el bocam, para que por los interesados pueda examinarse el expediente y formular las reclamaciones que se consideren oportunas. En el supuesto de no presentarse reclamaciones se entenderá definitivo el acuerdo provisional, entrando en vigor con la publicación del texto íntegro de las modificaciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Lo que se hace público en Navalafuente, a 25 de octubre del 2024..El alcalde, Javier Rubio de Gregorio.
(03/17.459/24)</texto>
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