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    <titulo>– Mejorada del Campo. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>MEJORADA DEL CAMPO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO
RÉGIMEN ECONÓMICO
72Mejorada del Campo. Régimen económico. Modificación presupuestaria
En la Intervención de este Ayuntamiento y conforme disponen los artículos 38 del R.D. 500/1990; 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, las modificaciones de créditos número 39/2024, suplemento de crédito, y número 40/2024, crédito extraordinario y suplemento de crédito, aprobadas por acuerdo plenario de 25 de octubre de 2024.
Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 169 del TRLRHL citada y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 del artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b)	Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento de Mejorada del Campo.
c)	Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento de Mejorada del Campo.
Mejorada del Campo, a 25 de octubre de 2024..El alcalde-presidente, Jorge Capa Carralero.
(03/17.467/24)</texto>
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