<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20241022-76</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2024/10/22</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Torrelaguna. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>252</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20241022-76</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/10/22/BOCM-20241022-76.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/10/22/BOCM-20241022-76.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/10/22/BOCM-20241022-76.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/10/22/BOCM-20241022-76.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>TORRELAGUNA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TORRELAGUNA
RÉGIMEN ECONÓMICO
76Torrelaguna. Régimen económico. Ordenanza fiscal
El Pleno del Ayuntamiento de Torrelaguna (Madrid), en sesión extraordinaria y urgente celebrada el 17 de octubre de 2024, adoptó acuerdo de aprobación inicial de la ordenanza fiscal de la tasa por prestación de servicio de gestión de residuos sólidos urbanos.
Los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas con sujeción a las siguientes reglas:
a)	Plazo de información pública, audiencia y presentación de reclamaciones: treinta días a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b)	Oficina de presentación: Registro del Ayuntamiento, presencialmente o en Sede Electrónica. Asimismo, podrán presentarse en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.
c)	Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento de Torrelaguna.
Torrelaguna, a 18 de octubre de 2024..El alcalde, Víctor José Gutiérrez Sánchez.
(03/16.990/24)</texto>
</documento>