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    <titulo>– Horcajuelo de la Sierra. Régimen económico. Ordenanza tasa recogida basuras</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>HORCAJUELO DE LA SIERRA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE HORCAJUELO DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
58Horcajuelo de la Sierra. Régimen económico. Ordenanza tasa recogida basuras
Aprobada inicialmente la modificación de la ordenanza municipal reguladora de la tasa por recogida de basuras, por acuerdo del Pleno de 10 de octubre de 2024, de conformidad con lo establecido en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y artículo 17 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales, para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de las mencionadas ordenanzas.
Horcajuelo de la Sierra, a 11 de octubre de 2024..La alcaldesa, Arancha Álvarez Peinado.
(03/16.560/24)</texto>
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