<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20241014-105</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2024/10/14</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Sevilla la Nueva. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>245</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20241014-105</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/10/14/BOCM-20241014-105.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/10/14/BOCM-20241014-105.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/10/14/BOCM-20241014-105.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/10/14/BOCM-20241014-105.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>SEVILLA LA NUEVA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SEVILLA LA NUEVA
RÉGIMEN ECONÓMICO
105Sevilla la Nueva. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Acuerdo del Pleno de fecha 30 de julio de 2024, del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, por el que se aprueba definitivamente la tasa por prestación del Servicio de Gestión de Residuos de Competencia Municipal.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de esta entidad sobre imposición de la tasa por prestación del Servicio de Gestión de Residuos de Competencia Municipal, así como la ordenanza fiscal reguladora de la misma, cuyo texto íntegro se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID  número 189 de fecha viernes 9 de agosto de 2024, se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
En Sevilla la Nueva, a 3 de octubre de 2024..El alcalde-presidente, Asensio Martínez Agraz.
(03/15.985/24)</texto>
</documento>