<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20241005-16</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Instrucción:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2024/10/05</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 18. Procedimiento 960/2024</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>3</pagina_inicial>
    <pagina_final>3</pagina_final>
    <diario_numero>238</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20241005-16</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/10/05/BOCM-20241005-16.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/10/05/BOCM-20241005-16.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/10/05/BOCM-20241005-16.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/10/05/BOCM-20241005-16.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18
16Madrid número 18. Procedimiento 960/2024
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio sobre delitos leves 960/2024 entre D./Dña. Richard Othon Benites Rosales y D./Dña. Oswaldo González Castro por un presunto delito de Amenazas, en cuyos autos se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo, dice:
Sentencia N.o 305/24
Juez/magistrado-juez: D./Dña. Ángel José Lera Carrasco.
Lugar: Madrid.
Fecha: trece de junio de dos mil veinticuatro.
Vistos por mí, D./DÑA. Ángel José Lera Carrasco, magistrado-juez de este Juzgado de Instrucción n.o 18 de Madrid, los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve n.o 960/2024, como implicados RICHARD OTHON BENITES ROSALES y OSWALDO GONZALEZ CASTRO, en los que ha sido parte el Ministerio Fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia.
FALLO
Que debo absolver y absuelvo a D./Dña. OSWALDO GONZALEZ CASTRO de los hechos aquí enjuiciados. Se declaran de oficio las costas procesales.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de Letrado.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo..El/la Juez/Magistrado/a Juez.
Publicación..Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrada audiencia pública; doy fe.
Y para que sirva de notificación a D./Dña. OSWALDO GONZALEZ CASTRO expido y firmo la presente.
En Madrid, a 23 de septiembre de 2024.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/15.291/24)</texto>
</documento>