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    <titulo>– Villanueva del Pardillo. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
79Villanueva del Pardillo. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Por resolución 2024/1283, y ausentándose del municipio, el Sr. alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha decretado, en el marco de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, delegar en Dña. Sonia Cirvián Sánchez, primer teniente de alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 DE LA Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el período comprendido:
.	Desde las 0:00 horas del día 9 septiembre 2024 hasta las 24:00 horas del día 15 septiembre 2024.
Lo que se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y para general conocimiento.
Villanueva del Pardillo, a 6 de septiembre de 2024..El alcalde (firmado).
(03/14.375/24)</texto>
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