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    <identificador>BOCM-20240823-8</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD  Y ASUNTOS SOCIALES</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2024/08/23</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2024/08/08</fecha_disposicion>
    <titulo>Concesión ayudas
– Resolución 3804/2024, de 9 de agosto, por la que se efectúa la corrección de errores materiales advertidos en la Resolución 3629/2024, de 22 de julio, por la que se tienen por desistidos a beneficiarios de la ayuda del bono social térmico 2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>201</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD  Y ASUNTOS SOCIALES</organismo>
    <tipo_disposicion>RESOLUCIÓN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES
8RESOLUCIÓN 3804/2024, de 9 de agosto, por la que se efectúa la corrección de errores materiales advertidos en la Resolución 3629/2024, de 22 de julio, por la que se tienen por desistidos a beneficiarios de la ayuda del bono social térmico 2020.
Advertidos errores materiales en la Resolución de 3629/2024, de 22 de julio, por la que se tienen por desistidos a beneficiarios de la ayuda del bono social térmico 2020, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 186, de 6 de agosto de 2024, página 163, se procede a efectuar la siguiente rectificación:
Donde dice:
“Esta resolución se publicará en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid y en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid ( https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/bono-social-termico-2020 )”.
Debe decir:
“Esta resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en la dirección electrónica: https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/bono-social-termico-2020 donde también figurará el anexo de los beneficiarios del bono social térmico 2020, que se tienen por desistidos de esta ayuda”.
Madrid, a 9 de agosto de 2024..La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, P. D. (Orden 3147/2023, de 5 de diciembre, el Director General de Servicios Sociales e Integración), Fernando Ignacio Ayres Janeiro.
(03/13.289/24)</texto>
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