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    <titulo>– Buitrago del Lozoya. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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AYUNTAMIENTO DE BUITRAGO DEL LOZOYA
RÉGIMEN ECONÓMICO
48Buitrago del Lozoya. Régimen económico. Ordenanza fiscal
El Pleno de este Ayuntamiento, reunido en sesión ordinaria celebrada el día 1 de julio de 2024, adoptó el acuerdo de aprobar, con carácter provisional, la modificación de la ordenanza fiscal Reguladora de la tasa del cementerio municipal, conducción de cadáveres y otros servicios funerarios.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública, por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo el expediente podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales, a fin de que se puedan formular las alegaciones que se estimen pertinentes.
El expediente estará asimismo a disposición de los interesados en la página web de este Ayuntamiento ( www.buitrago.org ).
Si transcurrido el plazo de información pública no se hubiesen presentado reclamaciones, el acuerdo se considerará elevado a aprobación definitiva.
En Buitrago del Lozoya, a 2 de julio de 2024..El alcalde, Francisco Javier del Valle Morales.
(03/10.695/24)</texto>
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