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    <titulo>– La Cabrera. Régimen económico. Calendario fiscal</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE LA CABRERA
RÉGIMEN ECONÓMICO
58La Cabrera. Régimen económico. Calendario fiscal
Esta Alcaldía, mediante decreto 2024-0376, de 14 de mayo de 2024, acordó la aprobación del calendario fiscal del municipio, correspondiente al ejercicio 2024, que estará a disposición de los interesados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este ayuntamiento ( http://lacabrera.sedelectronica.es ), en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en los términos que se exponen a continuación:
.	Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: del 3 de junio al 30 de septiembre de 2024, ambos inclusive.
.	Tasa de vados: del 3 de junio al 30 de septiembre de 2024, ambos inclusive.
.	Tasa de recogida de basura:
	Primer semestre: del 3 de junio al 30 de septiembre de 2024, ambos inclusive.
	Segundo semestre: del 1 de julio al 20 de diciembre de 2024, ambos inclusive.
.	Impuesto sobre bienes inmuebles (urbanos y rústicos): del 1 de julio al 20 de diciembre de 2024, ambos inclusive.
.	Impuesto sobre actividades económicas: del 1 de julio al 20 de diciembre de 2024, ambos inclusive.
En La Cabrera, a 17 de mayo de 2024..El alcalde, Ismael de la Fuente Soria.
(01/7.695/24)</texto>
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