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    <titulo>– Camarma de Esteruelas. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CAMARMA DE ESTERUELAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
46Camarma de Esteruelas. Régimen económico. Modificación presupuestaria
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de crédito 4/2024, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, por acuerdo del Pleno extraordinario, de 19 de abril de 2024, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Camarma de Esteruelas, a 17 de mayo de 2024..La alcaldesa-presidenta, Ana Victoria Cruz Martín.
(03/7.683/24)</texto>
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