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    <titulo>– San Sebastián de los Reyes. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
63San Sebastián de los Reyes. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Mediante Decreto número 1827, de delegación de competencias de 27 de marzo de 2024, esta Alcaldía, ha resuelto:
Primero..Delegar en la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento la competencia en materia de exigencia de responsabilidad de autoridades y personal al servicio del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, en los términos y con arreglo al procedimiento previsto en el art. 36 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Esta delegación comprende la resolución de cuantas alegaciones y recursos se interpongan contra actos administrativos que sean dictados en el ejercicio de las competencias delegadas.
Segundo..La delegación será efectiva una vez que conste su toma de conocimiento por el órgano delegado, Junta de Gobierno Local, procediéndose entonces a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos. Dándose cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
Asimismo, se hace público que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 2 de abril de 2024, ha tomado conocimiento de la delegación conferida.
San Sebastián de los Reyes, a 2 de abril de 2024..La alcaldesa-presidenta, Lucia Soledad Fernández Alonso.
(03/4.958/24)</texto>
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