<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20240318-49</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2024/03/18</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Alcobendas. Régimen económico. Padrón fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>66</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20240318-49</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/03/18/BOCM-20240318-49.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/03/18/BOCM-20240318-49.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/03/18/BOCM-20240318-49.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/03/18/BOCM-20240318-49.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
49Alcobendas. Régimen económico. Padrón fiscal
Por el presente, y en aplicación de los artículos 90 y 91 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, mediante el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 3 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del impuesto sobre actividades económicas y se regula la delegación de competencias en materia censal de dicho impuesto , pongo en general conocimiento la exposición pública de la matrícula del impuesto sobre actividades económicas de 2024, desde el día 1 al 15 del próximo mes de abril.
La matrícula está constituida por el censo de los sujetos pasivos que ejercen actividades económicas en el municipio y que reúnen la condición de obligados tributarios (que tributan por cuota municipal y no están exentos) del impuesto. Asimismo, se encuentra a disposición del público la matrícula comprensiva de aquellos sujetos pasivos cuyo domicilio fiscal radica en este municipio y tributan por cuota nacional, a tenor de lo establecido en el artículo 3.o del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero.
Durante el plazo indicado de exposición al público y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos Digitales, el Servicio de Atención al Ciudadano (plaza Mayor, número 1, planta baja del Ayuntamiento), proporcionará a los contribuyentes que lo soliciten la información de los referidos padrones que directamente les afecten, en horas de atención al público (lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas y de 16:00 a 19:00 horas), previa cita llamando al 010 desde Alcobendas, o al 912 969 088, desde móviles o desde fuera de Alcobendas.
Recursos:
1)	Cuotas municipales: contra los actos censales de inclusión, exclusión o alteración de los datos contenidos en la matrícula del impuesto sobre actividades económicas, los interesados podrán interponer el recurso de reposición previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, mediante el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ante la concejal-delegada de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al del término del período de exposición pública de la matrícula. Contra la resolución del recurso de reposición, podrá formular reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional.
2)	Cuotas nacionales: contra los actos censales de inclusión, exclusión o alteración de los datos contenidos en la matrícula del impuesto sobre actividades económicas, los interesados podrán interponer recurso de reposición potestativo ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional.
La interposición del recurso de reposición o reclamación económico-administrativa contra los actos citados no originará la suspensión de los actos de liquidación municipales.
Alcobendas, a 6 de marzo de 2024..La alcaldesa, Rocío García Alcántara.
(01/3.727/24)</texto>
</documento>