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    <titulo>– Torrejón de Ardoz. Organización y funcionamiento. Ordenanza protección contaminación acústica</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
80Torrejón de Ardoz. Organización y funcionamiento. Ordenanza protección contaminación acústica
Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 31 de enero de 2024, se ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero..Aprobar la modificación de la disposición adicional octava de la ordenanza de protección contra la contaminación acústica, ruido y vibraciones, aprobada en Junta de Gobierno de 27 de noviembre de 2023, quedando redactada en los siguientes términos:
“Octava..Son actividades ruidosas: discotecas y salas de baile, bares especiales, salas de fiesta, y salón de banquetes”.
Frente a la presente resolución, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de la presente publicación, en virtud de los establecido en el artículo 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin  perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime pertinente en defensa de sus intereses y derechos.
Torrejón de Ardoz, a 21 de febrero de 2024..El alcalde, Alejandro Navarro Prieto.
(03/3.089/24)</texto>
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