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    <identificador>BOCM-20231202-13</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Contencioso-Administrativo:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2023/12/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Procedimiento 701/2022</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>287</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Contencioso-Administrativo:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 11
13Madrid número 11. Procedimiento 701/2022
EDICTO
Para conocimiento público, se hace saber que por el Juzgado Contencioso-Administrativo n.o 11 de Madrid y en los autos del procedimiento abreviado 701/2022, seguido a instancias de procurador D./Dña. Alicia Porta Campbell, en representación de EMPRESA RUIZ, S. A., quien formuló recurso contencioso-administrativo contra AYUNTAMIENTO DE MADRID sobre Administración Tributaria, en los que se dictó sentencia estimatoria, que es firme, se ha planteado cuestión de ilegalidad mediante auto de esta fecha cuya parte dispositiva, literalmente, acuerda:
“Plantear cuestión de ilegalidad sobre el precepto declarado ilegal en la sentencia firme n.o 358, de fecha 25 de septiembre de 2023 y, en concreto, el artículo 11 de la Ordenanza 19/2021, de 19 de diciembre, por la que se modifica la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de dominio público local.
Emplácese a las partes para que en plazo de quince días puedan comparecer y formular alegaciones ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, al que se remitirá testimonio del presente auto, así como de los autos principales y el expediente administrativo, debiendo ser publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el planteamiento de esta cuestión, quedando las partes emplazadas mediante la notificación de la presente resolución”.
En Madrid, a 15 de noviembre de 2023.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/19.307/23)</texto>
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