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    <titulo>– Guadalix de la Sierra. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa escuela música</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>GUADALIX DE LA SIERRA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GUADALIX DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
36Guadalix de la Sierra. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa escuela música
Por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra de 19 de julio de 2023, se ha aprobado provisionalmente la derogación de la ordenanza fiscal de la tasa de escuela de música, danza por lo que se expone al público a efectos de que los interesados, a tenor del artículo 49 de la Ley 7/85, de Bases del Régimen Local, puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas de acuerdo con las siguientes normas:
a)	Plazo de presentación de reclamaciones y de examinar el expediente: treinta días hábiles siguientes a la publicación del presente anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra.
b)	Lugar donde se encuentra el expediente: Secretaría del Ayuntamiento.
c)	Órgano ante quién se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
Así mismo se da audiencia a las organizaciones y asociaciones cuyos fines se vean afectados por esta ordenanza o tengan finalidades que coincidan con la misma, a tenor de lo preceptuado en el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario ni publicación, entrando en vigor la ordenanza que se adjunta hasta su modificación o derogación expresa.
En Guadalix de la Sierra, a 21 de julio de 2023..El alcalde, Borja Álvarez González.
(03/13.475/23)</texto>
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