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    <titulo>– Colmenar Viejo. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>COLMENAR VIEJO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
34Colmenar Viejo. Régimen económico. Modificación presupuestaria
En esta Entidad Local y conforme a lo establecido en el artículo 177 en relación el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, los siguientes expedientes: 
.	Expediente MC 07-13869/2023. Suplemento de Crédito/Crédito extraordinario financiado con RTGG. Pleno, aprobado por el Pleno el 28 de julio de 2023.
Los interesados podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
A.  Plazo de exposición del expediente y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
B.  Oficina de presentación: Registros del Ayuntamiento presencialmente o en Sede Electrónica. Asimismo, podrán presentarse en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 16 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
C.  Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
D.  La modificación de crédito se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.
Colmenar Viejo, a 4 de agosto de 2023..El alcalde-presidente, Carlos Blázquez Rodríguez.
(03/13.997/23)</texto>
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