<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20230512-102</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2023/05/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Móstoles número 3. Procedimiento 554/2022</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>112</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20230512-102</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/05/12/BOCM-20230512-102.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/05/12/BOCM-20230512-102.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/05/12/BOCM-20230512-102.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/05/12/BOCM-20230512-102.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 3</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 3
102Móstoles número 3. Procedimiento 554/2022
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social número 3 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 554/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ZIYAD AHAYTOUR AMSADDAK frente a BASOPE DISTRIBUCIÓN S. L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia de fecha 30 de enero de 2023
Y para que sirva de notificación en legal forma a BASOPE DISTRIBUCIÓN S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Por aplicación de la Instrucción 6/2012 de la Secretaria General de la Administración de Justicia, se hace saber a los interesados que dicha resolución está a su disposición en la Secretaria del Juzgado y que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación atendida la cuantía de la reclamación de conformidad a lo establecido en el artículo 191 de la LRJS.
En Móstoles, a catorce de abril de dos mil veintitrés.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/6.327/23)</texto>
</documento>