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    <titulo>– Daganzo de Arriba. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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AYUNTAMIENTO DE DAGANZO DE ARRIBA
RÉGIMEN ECONÓMICO
79Daganzo de Arriba. Régimen económico. Ordenanza fiscal
El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de abril de 2023, acordó la modificación de la ordenanza fiscal F-1 para la determinación de la cuota tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo de Arriba, a 28 de abril de 2023..El alcalde (firmado).
(03/7.371/23)</texto>
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