<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20230428-80</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2023/04/28</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Sevilla la Nueva. Urbanismo. Expropiación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>100</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20230428-80</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/04/28/BOCM-20230428-80.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/04/28/BOCM-20230428-80.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/04/28/BOCM-20230428-80.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/04/28/BOCM-20230428-80.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>SEVILLA LA NUEVA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SEVILLA LA NUEVA
URBANISMO
80Sevilla la Nueva. Urbanismo. Expropiación
Iniciado expediente de expropiación forzosa para la ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras de ensanchamiento calle Velázquez, cuyo proyecto técnico fue aprobado definitivamente por la Corporación, en sesión de 1 de diciembre de 2022, se hace pública la relación de propietarios y bienes afectados, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir del siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, puedan los interesados formular alegaciones, aportando cuantos datos permitan la rectificación de los posibles errores en la mencionada relación. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://sevillalanueva.sedelectronica.es ).
A los solos efectos de la subsanación de errores en la descripción material y legal de los bienes, cualquier persona natural o jurídica podrá comparecer para alegar y ofrecer cuantos antecedentes o referencias sirvan de fundamento para las rectificaciones que procedan.

Sevilla la Nueva, a 29 de marzo de 2023..El alcalde-presidente, Asensio Martínez Agraz.
(02/5.473/23)</texto>
</documento>