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    <titulo>– Algete. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>ALGETE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALGETE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
48Algete. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Decreto de Alcaldía 1245/2023 de delegación de competencias de la Concejalía de Seguridad Ciudadana, a D. Jorge Martínez Bárcena, primer teniente de alcalde del Ayuntamiento de Algete (Madrid).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el decreto 1245/2023, firmado por la Alcaldía-Presidencia con fecha 23 de marzo de 2023, que en su parte dispositiva dice lo siguiente:
«Vengo a decretar:
Primero..Delegar en D. Jorge Martínez Bárcena, la Concejalía de Seguridad Ciudadana.
Segundo..La denominación del primer teniente de alcalde, concejal-delegado de Urbanismo e Industria, pasará a denominarse, primer teniente de alcalde, concejal-delegado de Urbanismo, Industria y Seguridad Ciudadana.
Concejalía Seguridad Ciudadana:
.	Tipo de delegación: Genérica. 
.	Facultades que se delegan: 
	Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios municipales dedicados a esas materias, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. 
	Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias. 
	Capacidad de realizar y formalizar contratos menores hasta 14.999 euros de valor estimado.
Concejalía Delegada en Materia de Urbanismo e Industria:
.	Tipo de delegación: Genérica. 
.	Facultades que se delegan: 
	Dirigir, inspeccionar e impulsar las áreas y servicios municipales dedicados a esas materias incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. 
	Proponer sanciones por falta de obediencia a mi autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales respecto de sus materias.
	Capacidad de realizar y formalizar contratos menores hasta 14.999 euros de valor estimado.
Tercero..Las anteriores competencias se delegan respetando las limitaciones competenciales del artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local.
Cuarto..La adopción de las Resoluciones correspondientes de su competencia por los Concejales delegados se efectuará previa a la tramitación del procedimiento legal o reglamentariamente establecido.
Quinto..Las atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de esta Delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o concejal.
Sexto..Cuando las resoluciones administrativas se adopten por delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por la autoridad que las haya conferido. 
A tal efecto se insertará este texto en la parte expositiva:
“Por todo ello, en ejercicio de las competencias que se me han sido conferidas en virtud de la delegación efectuada por la Alcaldía de este Ayuntamiento mediante decreto n.o … de fecha…”.
Séptimo..Las resoluciones que se adopten por delegación se entenderán dictadas por esta Alcaldía, como titular de la competencia originaria, a quien se tendrá que mantener informando del ejercicio de la delegación, y gozaran, por tanto, de ejecutividad y presunción de la legitimidad.
Octavo..Se entenderán derogados todos los Decretos que se opongan o contradigan a lo establecido en éste.
Noveno..Dese Cuenta del presente Decreto al Concejal interesado, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; remitir la resolución del nombramiento al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación en el mismo, igualmente publicar la resolución en el Tablón de Anuncios y en el Portal de Transparencia, sin perjuicio de su efectividad desde el día 24 de marzo de 2023.
Décimo..Dese cuenta del presente Decreto al Departamento de Personal y a la Intervención de fondos a los efectos previstos en los Presupuestos Generales de la Corporación, así como a todos los trabajadores del Ayuntamiento para su conocimiento.
Undécimo..Dese cuenta de este Decreto en la siguiente sesión de Pleno que se celebre».
Lo mandó y firmó, el alcalde-presidente.
En Algete, a 24 de marzo de 2023..El alcalde-presidente, Juan Jesús Valle García.
(03/5.141/23)</texto>
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