<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20230321-50</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2023/03/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Alcobendas. Organización y funcionamiento. Ordenanza</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>68</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20230321-50</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/03/21/BOCM-20230321-50.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/03/21/BOCM-20230321-50.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/03/21/BOCM-20230321-50.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/03/21/BOCM-20230321-50.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ALCOBENDAS</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
50Alcobendas. Organización y funcionamiento. Ordenanza
El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en su sesión ordinaria celebrada el día 23 de febrero de 2023, acordó aprobar inicialmente la ordenanza de derogación del Reglamento del Registro Municipal de Familias Numerosas.
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49.b) y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 56 del Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrá examinarse y presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas, estando el expediente a disposición del público en el Ayuntamiento de Alcobendas (Departamento de Secretaría General del Pleno), sito en la plaza Mayor, número 1, tercera planta.
Se entenderá definitivamente aprobada la ordenanza de derogación del reglamento del registro municipal de familias numerosas, en el caso de que en el plazo señalado no se formulasen reclamaciones y sugerencias.
Alcobendas, a 8 de marzo de 2023..La secretaria general del Pleno, Gloria Rodríguez Marcos.
(03/4.171/23)</texto>
</documento>