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    <titulo>– Talamanca de Jarama. Régimen económico. Presupuesto general</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TALAMANCA DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO
93Talamanca de Jarama. Régimen económico. Presupuesto general
De conformidad con lo establecido en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y una vez transcurrido el plazo de exposición al público del presupuesto general de este Ayuntamiento para el ejercicio 2023, mediante anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 303, de 21 de diciembre de 2022, sin haberse presentado alegaciones al respecto, se eleva a definitivo el acuerdo de aprobación inicial del presupuesto general de esta entidad para el año 2023, en sesión extraordinaria, celebrada el 1 de diciembre de 2022, y se procede a su publicación a efectos de su entrada en vigor, haciéndose público lo siguiente:

Asimismo y en cumplimiento con lo establecido en el artículo 126 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, a continuación se incluye el resumen de la plantilla de personal de este Ayuntamiento, aprobada conjuntamente con el presupuesto:

Contra la aprobación definitiva del presupuesto general, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción, según lo dispuesto en el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en el artículo 23.1 del Real Decreto 500/1990.
Talamanca de Jarama, a 17 de enero de 2023..El alcalde-presidente, Juan Manuel García Sacristán.
(03/848/23)</texto>
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