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    <titulo>– Estremera. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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    <organismo>ESTREMERA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ESTREMERA
RÉGIMEN ECONÓMICO
75Estremera. Régimen económico. Modificación presupuestaria
Aprobado definitivamente, al no haberse presentado reclamaciones, el expediente de modificación de crédito número: 2/2022, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería para gastos generales resultante de la liquidación del ejercicio anterior, y que fue aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 11 de noviembre de 2022, y expuesto al público de forma inicial por asunto insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2022.
A los efectos del artículo 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al que se remite el artículo 177.2 del mismo texto refundido, se inserta anuncio una vez incorporada la modificación aprobada y según lo siguiente:
Expediente de modificación de crédito número: 2/2022, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería para gastos generales resultante de la liquidación del ejercicio anterior.
Conforme a la dispuesto en el artículo 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los capítulos modificados en las aplicaciones presupuestarias, aparecen según se refleja a continuación:
Estado de gastos:
.	Capítulo 2, se incrementa en 360.000 euros.
.	Capítulo 6, se incrementa en 40.000 euros.
Estado de ingresos:
.	Capítulo 8, se produce un alta de 400.000 euros.
Contra la aprobación definitiva de este expediente, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la inserción del presente anuncio, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o Juzgado de lo Contencioso de Madrid, con los requisitos y formalidades contemplados en el citado texto articulado.
Estremera, a 22 de diciembre de 2022..La alcaldesa-presidenta, Carmen María Sánchez Lozano.
(03/25.485/22)</texto>
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