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    <identificador>BOCM-20221231-22</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2022/12/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 3. Procedimiento 426/2022</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>312</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 3
22Móstoles número 3. Procedimiento 426/2022
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 3 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 426/2022 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. GLENDA ROSA ESPINOZA MORAN, D./Dña. NORMA EDITH JARAMILLO SOTO, D./Dña. GEOMARA SALOME ESPIN MONDRAGON y D./Dña. RUTH MELANIA ROSARIO DIAZ frente a INVERSIONES DRIDMA SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO DE FECHA 21-11-2022
Y para que sirva de notificación en legal forma a INVERSIONES DRIDMA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Por aplicación de la Instrucción 6/2012, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, se hace saber a los interesados que dicha resolución está a su disposición en la Secretaría del Juzgado y que contra el Auto no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a 1 de diciembre de 2022.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/23.914/22)</texto>
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