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    <titulo>– Valdemoro. Ofertas de empleo. Oferta empleo público</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO
OFERTAS DE EMPLEO
111Valdemoro. Ofertas de empleo. Oferta empleo público
La Junta de Gobierno Local de fecha 7 de noviembre de 2022, aprobó la modificación de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Valdemoro, que articula los procesos de Estabilización de Empleo Temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público en cumplimiento de la misma, adoptándose el siguiente acuerdo:
Primero..Modificar la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Valdemoro que articula los procesos de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, aprobada en Junta de Gobierno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 16 de mayo de 2022 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 124, de fecha 26 de mayo de 2022.

Segundo..Remitir el presente acuerdo a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública para que actualice la información del expediente número: 371-597351 y a la Comunidad Autónoma, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Tercero..Informar de forma fehaciente a los interesados de esta modificación, así como a la Junta de Personal y al Comité de Empresa.
Cuarto..Publicar el anuncio de la presente modificación de la Oferta de Empleo Público en la sede electrónica de este Ayuntamiento, en su tablón de anuncios y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo a los interesados que contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer, recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que considere pertinente.
Valdemoro, a 8 de noviembre de 2022..El alcalde, Sergio Parra Perales.
(03/21.632/22)</texto>
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