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    <titulo>– Titulcia. Régimen económico. Ordenanzas fiscales</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TITULCIA
RÉGIMEN ECONÓMICO
79Titulcia. Régimen económico. Ordenanzas fiscales
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de agosto de 2022, acordó la aprobación provisional de la ordenanza reguladora de la tasa por prestación de servicios del cementerio municipal y la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Titulcia, a 4 de octubre de 2022..La alcaldesa-presidenta, Francisca Suárez Roldán.
(03/19.402/22)</texto>
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