<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20220915-48</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2022/09/15</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Madrid. Licencias. Pleno del Ayuntamiento. Plan especial</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>220</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20220915-48</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/09/15/BOCM-20220915-48.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/09/15/BOCM-20220915-48.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/09/15/BOCM-20220915-48.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/09/15/BOCM-20220915-48.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MADRID</organismo>
    <organismo>Pleno del Ayuntamiento</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
LICENCIAS
Pleno del Ayuntamiento
48Madrid. Licencias. Pleno del Ayuntamiento. Plan especial
Acuerdo del Pleno, de 20 de julio de 2022, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para implantación de la actividad de bar-restaurante en las plantas baja, primera, sótano y entreplanta del edificio sito en la calle de Postas, número 12, promovido por Montatanto Montatanto, S. L., Distrito de Centro.
El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión (11/2022) ordinaria celebrada el día 20 de julio de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero..Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para Implantación de la actividad de bar-restaurante en las plantas baja, primera, sótano y entreplanta del edificio, sito en la calle de Postas, número 12, promovido por Montatanto Montatanto, S. L., del Distrito de Centro, una vez evacuados los trámites exigidos en el Acuerdo de Aprobación Inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid de 7 de diciembre de 2017.
Segundo..Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Tercero..Dar traslado a los interesados del presente acuerdo, en virtud de lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarto..El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia indefinida, a contar desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid”.
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, indicando que ha sido remitido, con fecha 29 de agosto de 2022, un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 5 de septiembre de 2022..El secretario general del Pleno, por delegación de firma de 5 de agosto de 2022, el vicesecretario general, Juan José Orquín Serrano.
(02/17.462/22)</texto>
</documento>