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    <identificador>BOCM-20220823-3</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD  Y POLÍTICA SOCIAL</departamento>
    <rango>EXTRACTO</rango>
    <fecha_publicacion>2022/08/23</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2022/07/17</fecha_disposicion>
    <titulo>Extracto convocatoria subvenciones
– Extracto de la Orden 1623/2022, de 18 de julio, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se convocan los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid correspondientes al año 2022</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>200</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL
3EXTRACTO de la Orden 1623/2022, de 18 de julio, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se convocan los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid correspondientes al año 2022.
BNDS (Identif.): 641206
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la Orden citada, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en la página web www.gestionesytramites.madrid.org
Primero
Beneficiarios
Jóvenes domiciliados en la Comunidad de Madrid con edades comprendidas entre los 14 y 30 años, titulares del Carné Joven Comunidad de Madrid.
Segundo
Objeto
Premiar el talento de los jóvenes que se distingan en las tres modalidades de estos premios: Superación, tolerancia y solidaridad.
Tercero
Bases reguladoras
Mediante la Orden 3160/2014, de 10 de octubre, de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, se crearon los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid, y se establecieron las bases reguladoras de los mismos, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (en adelante, BOCM) el 31 de octubre de 2014. Posteriormente ha sido modificada por la Orden 1089/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, publicada en el BOCM el 28 de abril de 2017; la Orden 782/2018, de 9 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, publicada en el BOCM el 20 de julio de 2018; la Orden 3279/2019, de 9 de noviembre, de la Consejería de Educación y Juventud, publicada en el BOCM el 3 de diciembre de 2019 y, finalmente, la Orden 1339/2021, de 14 de mayo, de la Consejería de Educación y Juventud, publicada en el BOCM el 28 de mayo de 2021.
Cuarto
Cuantía
El importe total de los premios es de 45.000 euros.
Cada modalidad contará con un primer, segundo, tercer, cuarto y quinto premio, de manera que la cuantía de los premios se repartirá del siguiente modo:
.	Primer premio: 5.000 euros.
.	Segundo premio: 4.000 euros.
.	Tercer premio: 3.000 euros.
.	Cuarto premio: 2.000 euros.
.	Quinto premio: 1.000 euros.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes y comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria correspondiente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 18 de julio de 2022.
		La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, 		MARÍA CONCEPCIÓN DANCAUSA TREVIÑO
(03/15.928/22)</texto>
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