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    <identificador>BOCM-20220809-38</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS</departamento>
    <rango>ANUNCIO</rango>
    <fecha_publicacion>2022/08/09</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2022/07/27</fecha_disposicion>
    <titulo>Memorando de colaboración
– Anuncio de 28 de julio de 2022, del Memorando de intenciones de colaboración entre la Fundación Instituto de Empresa y Metro de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>188</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
    <organismo>Consejería de Transportes e Infraestructuras</organismo>
    <organismo>METRO DE MADRID, S. A.</organismo>
    <tipo_disposicion>ANUNCIO</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS
METRO DE MADRID, S. A.
38ANUNCIO de 28 de julio de 2022, del Memorando de intenciones de colaboración entre la Fundación Instituto de Empresa y Metro de Madrid.
1.  Datos generales de la entidad que remite el anuncio:
a)	Organismo: Metro de Madrid, S. A.
	Dirección: Avenida de Asturias, número 4, 28029 Madrid.
	NIF: A28001352.
	Código NUTS: ES300.
	Teléfono: +34 913 798 800.
	Dirección de Internet: www.metromadrid.es 
b)	Obtención de información:
	Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid:
	https://www.comunidad.madrid/transparencia/presupuestos-contratos-subvenciones/convenios 
	Sección de Transparencia de la web de Metro de Madrid:
	https://www.metromadrid.es/es/transparencia/contratacion-y-convenios 
2.  Texto del convenio:
«En Madrid, a 28 de junio de 2022.
REUNIDOS
De una parte, Fundación Instituto de Empresa, representada en este acto por su Executive Vice President (en adelante, “La Fundación”).
Y de otra parte, Metro de Madrid, S. A., representada en este acto por su Consejera Delegada.
MANIFIESTAN
I.  Que la Fundación, creada en 1997, tiene como finalidad básica ejercer cuantas acciones resulten de posible eficacia para contribuir a la mejora de la sociedad mediante el fomento de los valores del Instituto de Empresa, como son la innovación, la visión global, la diversidad, el emprendimiento y las humanidades, para la mejora de la sociedad en su conjunto, mediante la promoción y participación en iniciativas destinadas a la mejora de la calidad de la educación, la formación de los líderes del mañana, la investigación aplicada, en áreas de vanguardia del conocimiento, el desarrollo tecnológico, la cultura, el deporte y el compromiso social.
II.  Que algunos de los objetivos de la Fundación pueden ser mejor conseguidos mediante la colaboración con otras instituciones y empresas.
III.  Que ambas partes entienden que es preciso el fomento de la colaboración entre actores del sector de la formación y empresas, y que la colaboración entre Metro de Madrid y la Fundación producirá beneficios para ambas y para la sociedad en su conjunto.
IV.  Que dentro de la Fundación IE se encuentra el Centro IE para la Economía del Transporte y la Gestión de Infraestructuras (en adelante, el Centro). El Centro lleva a cabo actividades, seminarios y elaboración de estudios e informes que servirán para la reflexión y difusión del conocimiento en el ámbito del transporte y las infraestructuras, por lo que se considera el instrumento idóneo para llevar a cabo la colaboración que se prevé en las estipulaciones del presente Memorando.
V.  Que la entidad Metro de Madrid es una compañía que tiene encomendada la prestación del servicio público de transporte ferroviario suburbano en la Comunidad de Madrid y con disposición a responder favorablemente la solicitud de colaborar con la Fundación aportando, sin contraprestaciones económicas, su ayuda para el mutuo aprovechamiento y beneficio para ambas entidades. Todo ello, en los términos y condiciones previstos en el presente Memorando.
VI.  Que por todo lo cual, las partes signatarias convienen en suscribir el presente Memorando de intenciones, y al efecto,
ESTIPULAN
Primero
Mediante el presente Memorando, las partes expresan su clara intención de identificar vías de colaboración entre ambas que repercutan en beneficios en el ámbito de la investigación científica y desarrollo tecnológico, preferentemente en los siguientes campos:
.	Cooperación en programas y proyectos de investigación e innovación orientados a la mejora de la planificación y operación del tráfico de trenes, de la capacidad de transporte y de la eficiencia energética en el entorno ferroviario.
.	Ejecución de proyectos de innovación que contribuyan a la mejora tecnológica del sector ferroviario
.	Organización de actividades relacionadas con la promoción de la investigación y el desarrollo tecnológico.
.	El análisis de nuevas tecnologías, procesos, metodologías y disciplinas técnicas que puedan suponer una mejora a la experiencia de viaje de los clientes de Metro de Madrid, a su seguridad o a cualquier otro aspecto positivo del servicio que presta Metro.
Segundo
El presente Memorando estará vigente desde la fecha de su firma hasta 31 de diciembre de 2023, conforme se recoge en el punto octavo, pudiendo prorrogarse por acuerdo mutuo y por escrito de las partes.
Tercero
El Memorando no contempla ningún tipo de contraprestación, aporte ni ayuda de tipo económico por ninguna de las partes.
Cuarto
Metro de Madrid se compromete a analizar, previa propuesta del Centro, aquellos proyectos y/o actividades que entren en lo definido en el punto Primero, siempre que sean compatibles con:
.	La explotación del servicio de viajeros en condiciones de seguridad.
.	La legalidad y normativa aplicables.
.	Las líneas de acción estratégicas de Metro de Madrid.
Quinto
El desarrollo de actividades en cualesquiera de los ámbitos mencionados quedará supeditado, en todo caso, a que su contenido no incida en el objeto de aquellos contratos que cualesquiera de las partes hayan suscrito con anterioridad en sus respectivos ámbitos de actividad.
Sexto
Los proyectos y/o actividades que se convengan entre las partes serán regulados, en su caso, por los instrumentos jurídicos que correspondan en función de su objeto, los cuales se formalizarán individualmente.
Séptimo
Las partes se autorizan recíprocamente a dar información pública de la firma de este convenio de colaboración, de su título y de su finalidad. No obstante, los detalles de cada proyecto, datos técnicos que se generen o utilicen en el mismo, y otra información relacionada con los mismos estará sometida a confidencialidad de cara a terceros, siempre con las salvedades que deriven de las obligaciones impuestas por la Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y a la Ley 10/2019, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad de Madrid.
Octavo
El presente Memorando podrá ser resuelto:
a)	Por notificación de cualquiera de las partes, formalizada por escrito, con un preaviso de 90 días.
b)	Transcurrido el plazo de vigencia antes señalado, sin necesidad de preaviso de ninguna clase.
Noveno
Las partes cumplirán, en lo que afecte a cada una de ellas, las disposiciones del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, Reglamento General de Protección de Datos).
En particular, ambas partes se comprometen a utilizar los datos personales que cada una de ellas ceda a la otra a los únicos fines de la correcta ejecución del presente Memorando. Del mismo modo, cada una de las partes se compromete: (i) a facilitar a las personas afectadas la información contenida en el artículo 14 del Reglamento General de Protección de Datos; (ii) a recabar su consentimiento expreso y por escrito; (iii) a entregar a la otra parte prueba de que dicha información ha sido facilitada a las personas afectadas y de que se ha obtenido el mencionado consentimiento.
Del mismo modo, ambas partes cumplirán las previsiones de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, en todo aquello que no resulte incompatible con las previsiones del Reglamento General de Protección de Datos.
Y en prueba de conformidad, las partes suscriben el presente documento por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha al comienzo indicados..Firmado en presencia del señor don David Pérez García, Consejero de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid y Presidente de Metro de Madrid S. A.».
Madrid, a 28 de julio de 2022..El Responsable del Área del Cumplimiento, Riesgo y Transparencia de Metro de Madrid, S. A., Pedro Pablo García de Ascanio.
(01/15.711/22)</texto>
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