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    <titulo>– Serranillos del Valle. Régimen económico. Ordenanza fiscal bienes inmuebles</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>SERRANILLOS DEL VALLE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SERRANILLOS DEL VALLE
RÉGIMEN ECONÓMICO
54Serranillos del Valle. Régimen económico. Ordenanza fiscal bienes inmuebles
Habiéndose aprobado definitivamente la modificación del articulado de la ordenanza fiscal número 2 reguladora del impuesto sobre bienes del Ayuntamiento de Serranillos del Valle, al no haberse presentado alegaciones en el plazo de los treinta días siguientes a la publicación del anuncio de su aprobación inicial en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo señalado en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público su texto, para su general conocimiento:
Modificar la ordenanza fiscal número 2 reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, modificando el párrafo primero del apartado 1.5 del artículo 2, que queda redactado como sigue:
“Tendrán derecho a disfrutar de una bonificación del 40 por 100 en la cuota íntegra de este impuesto aquellas edificaciones en las que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol durante los cinco periodos impositivos siguientes al de la finalización de su instalación. Para tener derecho a esta bonificación será necesario que dichos sistemas representan al menos el 50 por 100 del suministro total de energía y que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente, así como de la oportuna licencia municipal.”
Modificar la ordenanza fiscal número 2 reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, modificando la disposición final, que queda redactada como sigue:
“La presente modificación entrará en vigor el día 1 de enero de 2023, una vez publicada el acuerdo definitivo de aprobación”.
La entrada en vigor de esta modificación se producirá una vez aprobada definitivamente, y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Serranillos del Valle, a 29 de julio de 2022..El alcalde-presidente, Iván Fernández Heras.
(03/15.818/22)</texto>
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