<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20220714-60</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2022/07/14</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Carabaña. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>166</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20220714-60</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/07/14/BOCM-20220714-60.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/07/14/BOCM-20220714-60.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/07/14/BOCM-20220714-60.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/07/14/BOCM-20220714-60.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>CARABAÑA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CARABAÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
60Carabaña. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El Pleno del Ayuntamiento de Carabaña, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de junio de 2022, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 5/2022, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras partidas.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Carabaña, a 1 de julio de 2022..El alcalde, Mario Terrón Fuentes.
(03/13.927/22)</texto>
</documento>