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    <identificador>BOCM-20220714-16</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID</departamento>
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    <fecha_publicacion>2022/07/14</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2022/07/03</fecha_disposicion>
    <titulo>Declaración período inhábil
– Resolución de 4 de julio de 2022, de la Universidad Autónoma de Madrid, por la que se declara el mes de agosto de 2022 inhábil a los efectos señalados en la presente resolución</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID
16RESOLUCIÓN de 4 de julio de 2022, de la Universidad Autónoma de Madrid, por la que se declara el mes de agosto de 2022 inhábil a los efectos señalados en la presente resolución.
A la vista de las necesidades administrativas de esta Universidad durante el mes de agosto de 2022, atendiendo a los diversos procesos selectivos que pueden afectar a los diferentes colectivos universitarios y dado que el carácter eminentemente vacacional del citado mes puede dificultar el cumplimiento de los plazos previstos en las correspondientes convocatorias o procedimientos, la Rectora de la Universidad Autónoma de Madrid, en virtud de su nombramiento por Decreto 87/2021, de 30 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de julio de 2021), del Consejo de Gobierno,
RESUELVE
Primero
Declarar inhábil el mes de agosto de 2022, a los efectos de cómputo de plazos de convocatorias y resoluciones de procesos de selección o provisión de puestos de trabajo convocados por esta Universidad, de cualquier procedimiento o situación administrativa, de reclamaciones o recursos en vía administrativa en el ámbito de personal docente e investigador, personal de administración y servicios y personal investigador en formación, así como los procedimientos disciplinarios. En todos los casos descritos, los plazos se interrumpirán el día 1 de agosto y su cómputo se reiniciará el 1 de septiembre de 2022.
Segundo
Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con indicación de que la misma pone fin a la vía administrativa, y que contra ella se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante el órgano correspondiente de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos a partir del día siguiente al de su publicación.
Madrid, a 4 de julio de 2022..La Rectora, P. D. (Resolución de 2 de julio de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de julio de 2021), el Gerente, Ernesto Fernández-Bofill González.
(03/14.004/22)</texto>
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