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    <fecha_publicacion>2022/06/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 42. Ejecución 122/2022</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 42</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 42
133Madrid número 42. Ejecución 122/2022
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 42 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 122/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CARMEN CONCEPCION BAZANTES SANTAMARIA frente a D./Dña. MARIA DEL CARMEN BARONA FERNANDEZ sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes resoluciones:
AUTO
En Madrid, a siete de junio de dos mil veintidós.
PARTE DISPOSITIVA
1.- Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante Dña. CARMEN CONCEPCION BAZANTES SANTAMARIA frente a Dña. MARIA DEL CARMEN BARONA FERNANDEZ.
2.- Recábese telemáticamente de la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social, a través del Punto Neutro Judicial, informe de vida laboral del trabajador y adviértase asimismo a la parte atora que, a efectos del cómputo de los salarios de tramitación, deberá acreditar a través de la presentación de las correspondientes Nóminas, el periodo de prestación de servicios en otra empresa, entendiéndose en otro caso que el salario percibido es igual o superior al que tenía con anterioridad. (art.56.1 del E.T.)
Notifíquese esta resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez
D. FRANCISCO JUAN HERNÁNDEZ BAUTISTA.
EL MAGISTRADO-JUEZ
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA
En Madrid, a siete de junio de dos mil veintidós
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la sentencia de fecha 17/02/2022, en la que se incluye la obligación de readmitir impuesta, a la empresa ./Dña. MARIA DEL CARMEN BARONA FERNANDEZ en favor de la demandante D./Dña. CARMEN CONCEPCION BAZANTES SANTAMARIA y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/Princesa, 3, Planta 6 - 28008, el día 20/07/2022, a las 09:15 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este
Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe
LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. MARIA DEL CARMEN BARONA FERNANDEZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a siete de junio de dos mil veintidós.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/11.976/22)</texto>
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