<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20220609-83</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2022/06/09</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Zarzalejo. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>136</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20220609-83</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/06/09/BOCM-20220609-83.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/06/09/BOCM-20220609-83.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/06/09/BOCM-20220609-83.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/06/09/BOCM-20220609-83.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ZARZALEJO</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ZARZALEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
83Zarzalejo. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El expediente 1/2022, de modificación presupuestaria del Ayuntamiento de Zarzalejo para el ejercicio 2022, queda aprobado definitivamente con fecha 6 de abril de 2022, en vista de lo cual, de conformidad con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se procede a la publicación de dicha modificación del presupuesto resumida por capítulos.
El presupuesto de gastos ha sido aumentado de la siguiente forma:

El anterior importe ha sido financiado tal y como se resume a continuación:

Contra la aprobación definitiva de la modificación presupuestaria podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen la normativa vigente, según lo dispuesto en el artículo 171, en relación con los artículos 177 y 179 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En Zarzalejo, a 28 de mayo de 2022..El alcalde, Rafael Herranz Ventura.
(03/11.161/22)</texto>
</documento>