<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20220606-51</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2022/06/06</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Moralzarzal. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>133</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20220606-51</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/06/06/BOCM-20220606-51.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/06/06/BOCM-20220606-51.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/06/06/BOCM-20220606-51.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/06/06/BOCM-20220606-51.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MORALZARZAL</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
51Moralzarzal. Régimen económico. Modificación presupuestaria
Aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de junio de 2022, el expediente de modificación presupuestaria de referencia:
.	Expediente MC 05-4788/2022. Suplemento de crédito extraordinario para atención de gastos energéticos 2022, financiado con remanente de tesorería para gastos generales del ejercicio 2021.
Se expone al público durante el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Durante el citado plazo los interesados podrán examinar el expediente en la intervención municipal, y presentar las reclamaciones que estimen convenientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 169, en relación con el artículo 177, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
El expediente de modificación presupuestaria se considerará definitivamente aprobado, si durante el período de exposición al público no se hubiese presentado reclamación alguna.
Moralzarzal, a 2 de junio de 2022..El alcalde-presidente, Juan Carlos Rodríguez Osuna.
(03/11.507/22)</texto>
</documento>