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    <titulo>Madrid número 13. Procedimiento 697/2022</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>130</diario_numero>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13
102Madrid número 13. Procedimiento 697/2022
EDICTO
D./DÑA. DANIEL ALEJANDRO IGNACIO CAMPOS LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 13 DE MADRID
DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el juicio sobre delitos leves nº 697/2022 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA Nº 116/2022
En Madrid, a treinta de marzo de 2022.
El Iltmo. Sr. Don Hermenegildo Alfredo Barrera Aguirre, Magistrado-Juez del Juzgado de instrucción número trece de esta ciudad, ha visto y examinado los presentes autos de juicio por delito leve, seguido con el nº 697/22, en los que aparecen como denunciante perjudicada MERCADONA, asistida de letrada y como parte denunciada JESSICA MELISA HUANCA FLORES, siendo parte asimismo el Ministerio Fiscal, ha dictado la presente sentencia en base a los siguientes.
FALLO
Condeno a Jessica Melisa Huanca Flores, como autora de un delito leve contra el patrimonio, hurto, del art. 234.2 del Código Penal, en grado de tentativa del art. 16 del Código Penal, a la pena de 16 días multa, con una cuota diaria de 4 euros, de conformidad con lo establecido en el fundamento tercero de esta resolución. La parte condenada deberá abonar las costas de este juicio.
Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las partes instruyéndolas de su derecho a recurrirla en apelación, ante la Ilma Audiencia Provincial de Madrid en el término de cinco días contados a partir del siguiente al de su notificación, quedando durante los mismos los autos a disposición de las partes en esta Secretaria, haciéndoles saber que el recurso deberá ser formalizado ante este juzgado mediante escrito, durante ese plazo, exponiendo en el mismo los motivos de la apelación, conforme estableced el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin cuyo requisito no se admitirá la misma
Así por esta mi sentencia, la mando, pronuncio y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. JESICA MELISA HUANCA FLORES, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 11 de mayo de 2022.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/9.826/22)</texto>
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