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    <titulo>– Buitrago del Lozoya. Organización y funcionamiento. Reglamento uso área recreativa Riosequillo</titulo>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BUITRAGO DEL LOZOYA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
62Buitrago del Lozoya. Organización y funcionamiento. Reglamento uso área recreativa Riosequillo
Aprobada inicialmente la modificación del Reglamento Municipal de Uso del Área Recreativa de Riosequillo, por Acuerdo del Pleno de fecha 26 de mayo de 2022, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de la modificación de dicho Reglamento municipal estará a disposición de los interesados en el portal web del Ayuntamiento (dirección www.buitrago.org ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de modificación del mencionado reglamento, sin necesidad de acuerdo expreso.
En Buitrago del Lozoya, a 27 de mayo de 2022..El alcalde, Tomás Fernández Vidal.
(03/10.954/22)</texto>
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