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    <titulo>– Cervera de Buitrago. Régimen económico. Ordenanza reguladora área náutica</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CERVERA DE BUITRAGO
RÉGIMEN ECONÓMICO
84Cervera de Buitrago. Régimen económico. Ordenanza reguladora área náutica
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 23 de abril del 2022, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza reguladora Área Náutica Cervera de Buitrago.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 56 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://cerveradebuitrago.sedelectronica.es ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Cervera de Buitrago, a 10 de mayo de 2022..El alcalde, Isidro Parra Acevedo.
(03/9.875/22)</texto>
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