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    <identificador>BOCM-20220504-131</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2022/05/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Ejecución 68/2022</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>105</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2
131Móstoles número 2. Ejecución 68/2022
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 02 de Móstoles.
Hago saber: Que en la Ejecución 68/2022, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. BLANCA CORINA SOLANO OCHOA frente a CAÑADA 98 SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto y Decreto de fecha 07/04/2022, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA 
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, Dña. BLANCA CORINA SOLANO OCHOA, frente a la demandada CAÑADA 98 SL, parte ejecutada, por un principal de 23.809,19 euros (correspondiendo 14.114,75 euros a indemnización, 7.310,00 euros de salarios de tramitación y 2.384,44 euros por reclamación de cantidad); más 45,14 euros de interés por mora y 2.385,43 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación. 
Notifíquese la presente resolución a las partes. 
PARTE DISPOSTIVA
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en diez días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes. 
Y para que sirva de notificación en legal forma a CAÑADA 98 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a ocho de abril de dos mil veintidós.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/7.407/22)</texto>
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