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    <identificador>BOCM-20220428-18</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE</departamento>
    <rango>EXTRACTO</rango>
    <fecha_publicacion>2022/04/28</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2022/03/23</fecha_disposicion>
    <titulo>Extracto convocatoria subvenciones
– Extracto de Orden 385/2022, de 24 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas bienales para el fomento de estructuras de empresas de teatro en 2022 y 2023</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE
18EXTRACTO de Orden 385/2022, de 24 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas bienales para el fomento de estructuras de empresas de teatro en 2022 y 2023.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http:/pap.minhap.gob.es/bdnstrans ):
BDNS: 621801
Primero
Beneficiarios y requisitos
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las empresas cuyo objeto social sea la producción de espectáculos de teatro y que acrediten la producción de, al menos, cuatro espectáculos en los últimos seis años.
Para obtener la condición de beneficiario los solicitantes de las ayudas deberán acreditar, entre otros, el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a)	Tener la condición de pyme, por ocupar menos de 250 personas y tener un volumen de negocios anual que no excede los 50.000.000 de euros o un balance general anual que no supera los 43.000.000 de euros, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.1 del Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014.
b)	El domicilio fiscal y los centros de trabajo que imputen gastos de personal estarán ubicados en territorio español, y tendrán, al menos, una sede en la Comunidad de Madrid. En el caso de empresas extranjeras habrán de tener, al menos, una filial domiciliada en los mismos términos indicados anteriormente.
Segundo
Objeto y líneas de ayuda
Las ayudas tendrán como objeto el apoyo a la actividad teatral de empresas.
Esta línea de ayuda será incompatible con las subvenciones anuales que convoque la Dirección General de Promoción Cultural para las actividades teatrales y coreográficas.
Tercero
Bases reguladoras
Las bases reguladoras de las ayudas han sido publicadas mediante la Orden 1045/2021, de 9 de septiembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de septiembre), y mediante la Orden 1149/2021, de 27 de septiembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de octubre), se corrigió un error en la misma:
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/09/23/BOCM-20210923-19.PDF
http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/10/08/BOCM-20211008-21.PDF
Cuarto
Cuantía
La presente convocatoria es de carácter bienal y asciende a un importe máximo de 2.250.000 euros que se harán efectivos con cargo a la posición presupuestaria G/334A/47399, de la Dirección General de Promoción Cultural de los Presupuestos de Gasto de la Comunidad de Madrid, correspondiendo 1.125.000 euros a 2022 y 1.125.000 euros a 2023.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del extracto de la Orden de convocatoria.
Sexto
Período subvencionable
El período subvencionable será desde el 1 de diciembre de 2021 al 30 de noviembre de 2023.
Séptimo
Plazo máximo de justificación y acreditación
Toda la documentación relativa a la justificación se presentará en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, o en los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, hasta el 1 de diciembre de 2023.
Se deberá acreditar como objetivo su consolidación como empresa de ámbito teatral, para lo que tendrá que justificar, al menos, la producción, estreno y gira con un mínimo de nueve funciones.
Madrid, a 24 de marzo de 2022.
		La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, 		MARTA RIVERA DE LA CRUZ
(03/7.952/22)</texto>
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