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    <fecha_publicacion>2022/04/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Ejecución 11/2022</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11
93Madrid número 11. Ejecución 11/2022
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 11/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA DEL MAR PERTUSA GARCIA frente a FINANCIAL LED, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO 43/2022
En Madrid, a 15 de marzo de 2022.
PARTE DISPOSITIVA
Se declara la extinción de la relación laboral que unía por a Dña. MARIA DEL MAR PERTUSA GARCIA, frente a la empresa FINANCIAL LED, S.L. condenando a la misma al abono en concepto de indemnización por importe de 2.049,77 euros y en concepto de salarios de tramitación la cantidad de 8.316,76 euros, todo ello con la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial para el supuesto de insolvencia.
Sin perjuicio de que por el SEPE se proceda a la regularización de las prestaciones percibidas por los trabajadores. 
A tales efectos dedúzcase testimonio de esta resolución al SERVICIO DE EMPLEO PÚBLICO ESTATAL.
MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2509-0000-64-0011-22 y para pagos en ventanilla 2509-0000-64-0011-22.
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez 
D./Dña. MARIA PILAR GARCIA DE ZUÑIGA MARRERO.
EL MAGISTRADO-JUEZ
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a FINANCIAL LED, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a dieciséis de marzo de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/6.046/22)</texto>
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