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    <titulo>– Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid. Régimen económico. Ordenanza servicio comidas a domicilio</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
83Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid. Régimen económico. Ordenanza servicio comidas a domicilio
Aprobada inicialmente el expediente de modificación de ordenanza reguladora de la prestación del servicio de comidas a domicilio para personas en situación de vulnerabilidad social en el ámbito de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, por acuerdo de la Junta Plenaria de esta Mancomunidad en sesión ordinaria celebrada en fecha 30 de marzo de 2022, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del texto refundido de régimen local, se somete a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias de esta entidad para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de la Ordenanza reguladora estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de esta entidad, a través del enlace: http://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
Griñón, a 1 de abril de 2022..El presidente, José María Porras Agenjo.
(03/6.738/22)</texto>
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